¿Qué puedo hacer si mi casero no quiere declarar el alquiler?

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Cuando llega el momento de hacer la declaración de la renta, hay un elevado número de inquilinos que se encuentran con el problema de que no pueden incluir la deducción por alquiler de vivienda habitual. Esto puede darse porque no tengan un contrato de alquiler firmado o porque el arrendador no quiere declarar el alquiler. Y este último supuesto es el que queremos comentar en este artículo. 

Es importante destacar que, para poder declarar el alquiler, hay que incluir una serie de datos en la declaración que puede que el inquilino no tenga, como puede ser la referencia catastral de la vivienda y datos personales del arrendador

Es por ello que ambas partes deben estar de acuerdo en declarar el alquiler de la vivienda para incluir esa deducción en la declaración de la renta y que no haya problemas para ninguno de ellos. Si el propietario se negase a declarar ese alquiler se podría denunciar, pero antes de dar este paso hay que estar seguros de tener todo al día para evitar problemas.

Si eres un inquilino y te encuentras en la situación de que tu casero no quiere declarar el alquiler, lo más conveniente es que tengas los contratos legalizados y declarados todos los ingresos.

Ventajas y desventajas de declarar el alquiler en la declaración

Hacer las cosas bien conlleva muchas ventajas, y en este caso la mejor de todas es evitar la multa por no declarar el alquiler. Además, como inquilino de la vivienda estás en tu derecho de rescindir el contrato si éste no está hecho de forma legal. 

Las principales ventajas para el propietario de declarar el alquiler son las siguientes: 

  • Existe una deducción para el propietario del 60% si el alquiler es para una vivienda habitual. 
  • Además, el hecho de declarar los ingresos y contar con un contrato legal permite contar con una protección legal contra los daños en la vivienda alquilada o los impagos por parte del inquilino. 
  • Si no existe contrato, el arrendador no puede llevar a cabo reclamaciones porque no puede justificar los ingresos .  

Para el inquilino, la principal ventaja de incluir el alquiler en la declaración de la renta es que  pueden deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas por alquiler de vivienda habitual, “siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales».  Además, hay que tener en cuenta que dependiendo de la comunidad autónoma donde esté la vivienda, puede haber algún otro tipo de deducción. 

Dentro de las desventajas de no declarar el alquiler en la declaración de la renta, podemos destacar las siguientes: 

  • Por supuesto, no se podrá disfrutar de ninguna de las deducciones fiscales que hemos comentado. 
  • Además, no declarar el alquiler supone la posibilidad de que, tanto el arrendador como el inquilino, sean sancionados con una multa de entre un 50% y 150% del importe no declarado más los intereses de demora. Ambas partes recibirán la notificación para llevar a cabo una declaración paralela, el casero por ocultar esos ingresos y el inquilino por solicitar la devolución de esos importes si hubiese incluido algún tipo de desgravación. 

¿Cómo saber si mi casero va a declarar el alquiler en la renta?

Si llega el momento de hacer la declaración de la renta y el inquilino quiere incluir el alquiler, antes de nada debe saber si el casero lo está declarando. Si en Hacienda no consta el alquiler, el inquilino no se lo puede desgravar. En caso de que lo haga y el arriendo no esté declarado, la administración puede solicitar la devolución de las desgravaciones que se hayan hecho junto con intereses por recargo. 

Pero para evitar todo esto, lo primero es comprobar que el propietario está declarando el alquiler y para ello, el inquilino puede consultar el Registro de la Propiedad para verificar que ha depositado la fianza en el organismo correspondiente. También se puede consultar si el alquiler ha sido registrado en la comunidad autónoma o comprobar si en el censo figura el propietario o el inquilino. 

Quiero declarar pero el dueño no, ¿le denuncio?

La recomendación es intentar llegar a un acuerdo tras una negociación entre ambas partes. Si aún así no se consigue, una opción que tiene el inquilino es realizar una petición formal de los datos que necesita para poder incluir el alquiler en la declaración de la renta. 

Como ya se ha comentado anteriormente, uno de los documentos que se necesitan es la copia del resguardo de la fianza, si el propietario no la quiere dar y la institución correspondiente no la tiene, ésta comenzará una inspección al arrendador que podría desembocar en una sanción para él. 

Al mismo tiempo, como entregar la fianza es responsabilidad del dueño, el inquilino puede exigir daños y perjuicios por no haberlo hecho. Realizar una denuncia como tal no es aconsejable ya que todo terminaría en un proceso judicial, lo que conlleva unos costes y mucho tiempo de espera. 

Multas para el arrendador por no declarar la vivienda en alquiler

Las multas que existen para el propietario por no incluir la vivienda en alquiler en la declaración son las siguientes: 

  • Multas leves. Es la pena mínima que impone la ley. Se refiere a la infracción menor o igual a 3.000€ y consiste en una multa pecuniaria proporcional del 50%. Por ejemplo, si el propietario hubiese evadido 1.500€ la multa sería de 750€. Todo eso se sumará a la cantidad total defraudada. 
  • Multas graves. Estas multas son proporcionalmente mucho más elevadas. La ley considera como infracción grave defraudar más de 3.000€ y que exista una ocultación. La sanción económica será proporcional del 50% al 100% de la cantidad evadida. Por ejemplo, si el propietario consiguió en concepto de alquiler unos 5.000€ deberá pagarlos íntegramente al fisco.
  • Multas muy graves. Estas son las sanciones más exageradas. La ley define a la multa muy grave “cuando se hayan utilizado medios fraudulentos y cuando se hayan dejado de ingresar cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, siempre que las retenciones practicadas y no ingresadas, y los ingresos a cuenta repercutidos y no ingresados, representen un porcentaje superior al 50% del importe de la base de la sanción”

En este caso la sanción consiste en una multa pecuniaria proporcional del 100% al 150%, por lo que se puede llegar a pagar más de la cantidad defraudada. 

Ahora que ya conocemos las situaciones que se pueden dar, está claro que la mejor opción para el propietario es incluir el alquiler dentro de la declaración de la renta para que ambas partes puedan beneficiarse de las ventajas fiscales. 

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