En otro de nuestros artículos del blog hemos hablado sobre los gastos del alquiler que son deducibles para el propietario a la hora de presentar la declaración de la renta, pero en esta ocasión nos queremos centrar en contaros cómo funciona la deducción por alquiler de la vivienda habitual.
Quizá te preguntes si el alquiler de una vivienda y la declaración de la renta tienen alguna relación, y así es, ya que puedes obtener beneficios en la deducción del IRPF en el caso de que sea un alquiler de vivienda habitual. Pero antes de comenzar a hacerlo, es importante conocer bien todo lo que hay que tener en cuenta.
¿Cómo se puede desgravar el alquiler de la vivienda en la declaración?
Antes del 2015 esta deducción del alquiler se aplicaba a nivel universal, sin hacer distinciones por comunidad autónoma. Cualquier persona que viviese de alquiler se podía beneficiar de una deducción del IRPF en la declaración.
Desde el 2015, y a nivel estatal, solamente ciertas personas pueden deducirse el alquiler de vivienda habitual. Las condiciones y los requisitos son diferentes dependiendo de cada comunidad autónoma.
Es importante tener esto en cuenta, ya que la deducción por alquiler en la declaración de la Renta se divide en dos partes, una a nivel de estado que se aplica en todo el país, excepto País Vasco y Navarra, y otra a nivel de comunidad y que cuenta con condiciones específicas.
Cuantía de la deducción autonómica por alquiler de la vivienda habitual
Si nos fijamos en la declaración de la renta de los datos fiscales que corresponden al 2021, y tal y como explica la Agencia Tributaria, uno de los requisitos para poder aplicar esta desgravación a nivel estatal es que el contrato de arrendamiento esté firmado antes del 1 de enero de 2017.
Sin que afecte a la deducción autonómica por alquiler, los contribuyentes pueden deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas por alquiler de vivienda habitual durante ese período, “siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales». Es importante recordar que esto no afecta a las deducciones por comunidades, y en las que cada una de ellas establece sus cuantías y porcentajes.
Deducción por alquiler por comunidad autónoma
En cada comunidad autónoma existen distintas deducciones por el alquiler de vivienda habitual. Dependiendo de aspectos como la edad de los inquilinos, sus ingresos o sus situaciones personales, podrán optar a deducciones de hasta un 25%.
Para que puedas tener a mano toda la información completa, a continuación queremos contarte, de forma breve, cuál es la situación en cada comunidad autónoma en lo que a deducción por alquiler se refiere.
- Andalucía: pueden desgravar los menores de 35 años, y sólo un 15% del alquiler hasta 500 euros como máximo.
- Aragón: podrán desgravar aquellos que tengan un contrato de alquiler con opción a compra o tras una dación en pago. La deducción es de un 10% sobre un máximo de 4.800 euros.
- Asturias: se aplica una deducción del 10% hasta un máximo de 455 euros, y del 15% con un tope de 606 € si la vivienda está en un medio rural con menos de 3.000 habitantes.
- Islas Baleares: la deducción se aplica a los menores de 36 años, a familias numerosas y a personas con discapacidad sensorial del 33% o física igual o superior al 65 %.
- Canarias: deducción del 20% con 600 € de máximo.
- Cantabria: podrán desgravar los menores de 35 años y los mayores de 65 años, así como aquellos que tengan una discapacidad física superior al 65%.
- Castilla-La Mancha: los menores de 36 años pueden desgravar un 15% hasta 450€ como máximo. Este porcentaje es del 20% si el alquiler se encuentra en una población de hasta 2.500 habitantes.
- Castilla y León: la deducción es para menores de 36 años y es hasta un 20% con 459€ de máximo.
- Cataluña: pueden acceder a la deducción los menores de 33 años, los viudos con más de 65 años, las personas con discapacidad superior al 65%, y aquellos que estén más de 183 días en paro.
- Extremadura: la desgravación se limita a los menores de 36 años, personas con discapacidad igual o superior al 65% y familias numerosas.
- Galicia: deducción del 10% para menores de 35 años y del 20% para familias con dos hijos o más menores de edad.
- Comunidad de Madrid: solo pueden desgravar el alquiler los menores de 35 años, pero es ampliable hasta los 40 años si están en paro más de 183 días y tienen cargas familiares.
- Murcia: no hay deducciones de alquiler.
- Navarra: deducción del 15% con un máximo de 1.200 €.
- País Vasco: desgravación general del 20% y del 25% para familias numerosas y menores de 35 años.
- La Rioja: los menores de 36 años pueden deducir el 10% del alquiler o el 20% para residentes en pequeños municipios.
- Comunidad Valenciana: la deducción general corresponde al 15% del alquiler, pero puede ser hasta del 20% para mayores de 65 años, menores de 35 o personas con discapacidad psíquica del 33% o más y física o sensorial del 65% o más.
Cómo rellenar deducción por alquiler vivienda habitual
Una vez se tiene claro cuál es la deducción por alquiler de vivienda habitual y si se cumplen los requisitos para acceder a ella, viene bien saber cómo incluirlo en la declaración de la renta.
En el caso de incluir la deducción estatal, se puede llevar a cabo el borrador de la Renta y tras incluir los datos de la persona acceder a él, buscar la opción ‘Deducción por alquiler de la vivienda habitual’ en la sección ‘Deducciones generales de la cuota’.
Una vez estemos ahí, ya se pueden poner los datos correspondientes y es importante recordar que es para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 y con una base imponible inferior a 24.107,20 euros y que ya hayan tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en un periodo impositivo anterior al 1 de enero de 2015.
En esa página, viene el enlace al Anexo A.1 donde hay que incluir el el NIF del arrendador así como la cantidad total satisfecha en concepto de alquiler durante el año. Añadiendo estos datos al borrador es suficiente para que la deducción se aplique.
En el caso de la deducción autonómica, ésta se encuentra en la página 46 del borrador, más concretamente en el Anexo B, que es el referente a las deducción autonómicas. La aplicación te dirige de forma automática a la relación de deducciones para la comunidad autónoma que corresponde y en las casillas puede rellenar los datos e importes que se ajusten a su situación. Una vez añadida esta información y la referente a demás deducciones a las que se pueda acoger el contribuyente, solo queda validar el borrador.
Con toda esta información que te acabamos de dar, ya estás preparado para incluir la deducción por alquiler de vivienda habitual en la declaración de la renta. En homming ayudamos tanto a propietarios como a inquilinos a gestionar sus alquileres gracias a nuestro software de gestión de alquiler. Empieza a probar nuestro software de gestión de alquileres de forma gratuita.