2027 parecía lejano cuando empezaron a conocerse los cambios en los sistemas de facturación. Ahora ya no lo es tanto.
Si eres gestor de alquileres, administras una cartera inmobiliaria o emites facturas desde una sociedad o como profesional, los próximos meses son el momento de revisar cómo estás facturando.
No porque tengas que cambiar todo mañana, sino precisamente para evitar tener que hacerlo con prisas cuando llegue la fecha límite.
Los nuevos requisitos para los sistemas informáticos de facturación buscan aumentar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. La Agencia Tributaria explica que estos sistemas deberán generar registros de facturación y que las facturas emitidas mediante ellos incorporarán un código QR tributario.
Y hay dos fechas especialmente importantes:
- 1 de enero de 2027, para los obligados tributarios incluidos en el artículo 3.1.a) del Reglamento, principalmente contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027, para el resto de obligados tributarios incluidos en el artículo 3.1.
Para un gestor de alquileres esto puede ser especialmente relevante, porque no siempre existe un único emisor. Puedes gestionar facturación propia, facturas a propietarios o incluso trabajar con distintos propietarios o sociedades que actúan como emisores.
Por eso, más que preguntarte únicamente “¿estoy preparado para Verifactu?”, conviene preguntarse:
¿Están correctamente preparados todos los emisores, series y procesos de facturación que gestiono?
¿Qué es realmente Verifactu?
VERI*FACTU forma parte del nuevo marco regulatorio de los sistemas informáticos de facturación.
El Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soportan procesos de facturación de empresarios y profesionales. Entre sus objetivos están reforzar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
Esto supone un cambio importante respecto a sistemas donde una factura podía editarse o incluso eliminarse sin que quedase constancia clara de lo ocurrido.
Con los nuevos requisitos, el sistema debe generar registros de facturación vinculados a las facturas emitidas y mantener su trazabilidad.
Además, las facturas expedidas mediante estos sistemas deberán incorporar el correspondiente código QR tributario.
VERIFACTU y NO VERIFACTU no son exactamente lo mismo
Aquí hay una confusión bastante habitual. VERI*FACTU no es simplemente el nombre genérico de toda la normativa.
El Reglamento contempla dos formas de funcionamiento de los sistemas informáticos de facturación.
Modalidad VERI*FACTU
Los registros de facturación se remiten a la Agencia Tributaria de forma continuada y automática después de generarse.
Modalidad NO VERI*FACTU
Los registros no se remiten automáticamente a la AEAT, pero el sistema debe cumplir requisitos adicionales relacionados con su conservación, firma y registro de eventos.
Ambas modalidades están contempladas por la normativa.
Por eso, antes de tomar decisiones sobre la configuración de tu sistema, conviene revisar con tu asesoría qué opción corresponde utilizar y cómo debe implantarse en tu caso.
¿A quién afecta Verifactu en 2027?
No conviene simplificar la respuesta a un “todos los autónomos y empresas”, porque existen particularidades y exclusiones.
La normativa se aplica a los obligados tributarios incluidos en el ámbito definido por el Reglamento que utilizan sistemas informáticos para emitir facturas.
Por eso, el primer paso debería ser identificar qué emisores están realmente afectados.
En el caso de una empresa de gestión de alquileres puede haber diferentes situaciones:
- La propia empresa gestora emite facturas.
- Se generan facturas de honorarios de gestión.
- Se factura en nombre de propietarios.
- Existen diferentes sociedades propietarias.
- Algunos propietarios son profesionales o empresarios.
- Se utilizan varias series de facturación.
No todos estos escenarios tienen por qué tratarse exactamente igual.
Antes de configurar nada de forma definitiva, revisa cada emisor con tu asesoría fiscal.
¿Por qué conviene empezar a prepararse ya?
Porque adaptar la facturación no consiste únicamente en activar una opción dentro del software.
Hay varias cosas que conviene revisar antes:
- Emisores.
- Datos fiscales.
- Direcciones.
- Impuestos.
- Retenciones.
- Series.
- Automatizaciones.
- Facturas recurrentes.
- Procedimientos de rectificación.
- Permisos del equipo.
- Coordinación con asesoría.
En una cartera sencilla puede ser relativamente rápido.
Pero si gestionas muchos propietarios, diferentes sociedades o varias series de facturación, esperar hasta diciembre puede convertir una tarea perfectamente controlable en un problema.
1. Revisa todos tus emisores
Empieza haciendo una lista.
¿Quién emite facturas dentro de tu operativa?
Por cada emisor conviene revisar al menos:
- Nombre o razón social.
- NIF/CIF.
- Dirección fiscal.
- Tipo de contribuyente.
- Fecha a partir de la cual le aplica la normativa.
- Impuestos.
- Retenciones.
- Series de facturación asociadas.
Este paso es especialmente importante para gestores que facturan en nombre de diferentes propietarios.
No basta con que “el software esté preparado”.
Cada emisor tiene que estar correctamente configurado.
2. Comprueba los datos fiscales antes de emitir
Una de las ventajas de empezar ahora es poder limpiar información con tiempo.
Revisa nombres, identificadores fiscales y direcciones.
También conviene comprobar los impuestos y retenciones asociados a los conceptos que utilizas habitualmente.
Si tienes automatizaciones o facturas recurrentes, un pequeño error de configuración puede repetirse decenas o cientos de veces.
Corregirlo antes de empezar siempre será más sencillo.
3. Revisa tus series de facturación
Las series son otro de los elementos que merece una revisión específica.
Pregúntate:
- ¿Cuántas series utilizamos?
- ¿Para qué sirve cada una?
- ¿Qué emisor utiliza cada serie?
- ¿Existe alguna duplicada o antigua?
- ¿Tenemos series específicas para facturas rectificativas cuando corresponde?
- ¿La numeración es coherente?
En Homming, por ejemplo, las series pueden asociarse a emisores concretos y diferenciar entre facturas originales y series destinadas a rectificativas.
Si gestionas diferentes propietarios o sociedades, esta relación entre emisor y serie cobra todavía más importancia.
4. Una factura emitida ya no debe tratarse como un borrador
Este es probablemente uno de los cambios operativos que más debería entender el equipo.
Mientras una factura está en borrador, se pueden revisar y corregir determinados datos.
Pero una vez generado definitivamente el registro de facturación, la lógica cambia.
El sistema debe preservar la integridad y trazabilidad de la información original.
Eso significa que una factura emitida incorrectamente no debería solucionarse simplemente entrando, cambiando el importe y guardando otra vez.
Dependiendo del error, habrá que utilizar los mecanismos correspondientes:
- anulación;
- subsanación;
- sustitución;
- o factura rectificativa.
Por eso no basta con preparar el software.
También hay que preparar a las personas que lo utilizan.
5. Practica cómo corregir una factura antes de necesitar hacerlo
Una recomendación muy sencilla:
No pruebes únicamente cómo emitir una factura correcta.
Prueba también cómo resolver una incorrecta.
Por ejemplo:
- Genera una factura de prueba.
- Simula que el importe es incorrecto.
- Comprueba el procedimiento de corrección.
- Revisa qué ocurre con la factura original.
- Genera una rectificativa cuando corresponda.
- Comprueba la serie.
- Verifica cómo queda registrado todo el proceso.
Hacerlo en noviembre será mucho más cómodo que aprenderlo con una factura real el 3 de enero.
Descarga la Checklist Verifactu 2027 para gestores de alquileres
Para facilitar la preparación hemos creado una checklist específica para gestores y profesionales del alquiler.
“Checklist Verifactu 2027 para gestores de alquileres: todo lo que debes revisar antes de que entre en vigor”
El recurso incluye más de 30 comprobaciones relacionadas con:
- Ámbito de aplicación
- Software
- Emisores
- Datos fiscales
- Impuestos y retenciones
- Series de facturación
- Facturas rectificativas
- Automatizaciones
- Coordinación con asesoría
- Formación del equipo
- Pruebas previas.
También incorpora una cronología desde septiembre de 2026 hasta julio de 2027 para ayudarte a organizar la adaptación por fases.
Calendario práctico: qué hacer de aquí a 2027
Si todavía no has empezado, no necesitas hacerlo todo esta semana.
Lo importante es repartir el trabajo.
Septiembre de 2026: diagnóstico
Haz inventario de:
- Emisores
- Software
- Series
- Procesos
- Automatizaciones
- Asesoría responsable
El objetivo es entender desde dónde partes.
Octubre: configuración
Revisa:
- Datos fiscales
- Direcciones
- Impuestos
- Retenciones
- Emisores
- Series
Es el momento de corregir duplicidades y configuraciones antiguas.
Noviembre: pruebas
Prueba distintos escenarios:
- Factura ordinaria
- Distintos emisores
- Varias series
- Automatizaciones
- Facturas recurrentes
- Errores
- Rectificaciones
Cuantos más problemas encuentres ahora, menos encontrarás después.
Diciembre: formación y validación
Antes de terminar el año deberían estar especialmente revisados los emisores afectados desde el 1 de enero.
Asegúrate también de que el equipo sabe:
- Cuándo una factura es definitiva
- Qué no debe modificar
- Cómo actuar ante un error
- Quién puede emitir
- Quién puede rectificar
1 de enero de 2027
Es la fecha de adaptación para los obligados comprendidos en el artículo 3.1.a), fundamentalmente contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
La idea es llegar a esta fecha con el proceso probado, no empezar a configurarlo ese día.
Enero a junio de 2027
Los primeros meses del año servirán también para detectar incidencias reales, ajustar procedimientos y terminar de preparar al resto de obligados.
1 de julio de 2027
Fecha general de adaptación para el resto de obligados tributarios incluidos en el artículo 3.1.
¿Cómo se adapta Homming a los nuevos requisitos?
Homming ya está trabajando con los nuevos requisitos de facturación dentro de la plataforma.
Entre los puntos que pueden configurarse y revisarse se encuentran:
- emisores
- datos fiscales
- dirección
- impuestos
- retenciones
- series
- facturación a nombre de propietarios
- automatización de facturas
- anulaciones
- facturas rectificativas
Cuando se activa la configuración correspondiente para un emisor sujeto a los nuevos requisitos, la operativa sobre las facturas emitidas cambia precisamente para mantener la trazabilidad exigida.
Por eso es importante no activar determinadas configuraciones sin haber revisado previamente los datos.
Antes de dar el paso definitivo, comprueba:
emisor + impuestos + retenciones + series + flujos de facturación.
La adaptación no debería empezar el día de entrada en vigor
Probablemente esta sea la idea más importante de toda la guía.
El 1 de enero y el 1 de julio de 2027 son fechas límite, no fechas recomendadas para empezar a trabajar.
Para entonces deberías haber:
- Identificado los emisores afectados
- Hablado con tu asesoría
- Revisado las configuraciones
- Probado la facturación
- Aprendido a rectificar
- Formado al equipo
- Corregido los errores encontrados
Si gestionas una cartera inmobiliaria amplia, hacerlo con meses de margen puede marcar una diferencia enorme.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu 2027
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
Las fechas de adaptación de los sistemas informáticos de facturación son el 1 de enero de 2027 para los obligados incluidos en el artículo 3.1.a) del Reglamento y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados incluidos en el artículo 3.1.
¿Todas las empresas tienen que enviar automáticamente sus facturas a Hacienda?
No necesariamente. La normativa contempla las modalidades VERIFACTU y NO VERIFACTU. En VERIFACTU los registros se remiten automáticamente a la Agencia Tributaria. En NO VERIFACTU se aplican otros requisitos técnicos para garantizar la integridad y conservación de los registros.
¿Las facturas tendrán código QR?
Las facturas expedidas mediante los sistemas informáticos de facturación sujetos a estos requisitos deben incorporar el correspondiente código QR tributario.
¿Se podrá modificar una factura después de emitirla?
Los registros de facturación definitivos deben preservar su integridad. Cuando sea necesario corregir información, deben utilizarse los procedimientos previstos para anulación, subsanación, sustitución o factura rectificativa, según corresponda, en lugar de alterar directamente el registro original.
¿Qué debería revisar primero un gestor de alquileres?
Los emisores. Después conviene revisar datos fiscales, impuestos y retenciones, series de facturación, automatizaciones y los procedimientos para corregir facturas.
¿Qué ocurre si gestiono facturas de varios propietarios?
Es especialmente importante identificar correctamente cada emisor y asegurarse de que las series, datos fiscales y configuraciones utilizadas corresponden al propietario o entidad adecuada.
¿Tengo que activar ya Verifactu?
No necesariamente. Debes comprobar primero qué fecha y modalidad corresponden a cada emisor. Lo recomendable es utilizar estos meses para revisar y probar el sistema sin activar configuraciones definitivas antes de tiempo si no corresponde.
¿Qué debería preguntar a mi asesoría?
Como mínimo:
- Si la normativa te afecta
- Desde qué fecha
- Qué emisores están incluidos
- Qué modalidad vais a utilizar
- Cómo gestionaréis errores y rectificativas
- Qué información necesitará la asesoría del sistema de facturación
Empieza por saber si estás preparado
La adaptación a los nuevos sistemas de facturación no debería convertirse en una carrera de última hora.
Todavía existe margen para revisar procesos, limpiar configuraciones y formar al equipo.
Y precisamente por eso, ahora es un buen momento para empezar.







