Cuando llega la época de preparar la declaración de la renta surgen muchas dudas sobre el hecho de declarar el alquiler. En el caso de que seas un propietario de una vivienda en alquiler, es importante saber que hay que declarar las ganancias de ese arrendamiento a la Agencia Tributaria. En el caso de no hacerlo, puedes recibir una multa no declarar el alquiler 4 años y es algo que vamos a explicar en este artículo.
¿Cómo se declara el alquiler?
Si tienes un piso en propiedad y lo tienes en alquiler, declararlo en la renta es algo obligatorio y funciona de la siguiente manera:
- El hecho de alquilar tu vivienda genera unos ingresos a los que debes restar una serie de gastos.
- A la cifra que resulta de esa operación hay que aplicar una reducción del 60% por ser una vivienda alquilada.
- El resultado de aplicar esa reducción hay que añadirlo a la base imponible general.
Los dueños de la vivienda deben declarar los ingresos como capital inmobiliario en caso de que sean superiores a 1.600€ anuales. Por ejemplo, si un hombre es propietario de una vivienda y la alquila por 800€ al mes a otra persona, genera unos ingresos de 9.600€ al año (800×12=9.600).
El dueño tiene unos gastos de 3.000€, que se van en reparaciones y conservación de la vivienda, por lo que el rendimiento neto del alquiler es la cantidad que resulta de la resta de 9.600-3.000= 6.600€.
A esa cantidad se le aplica la reducción del 60% por alquiler de vivienda habitual, dejándonos la cantidad de 3.960€. Por lo tanto, la base imponible sobre la que el propietario de la vivienda debe tributar es de 3.960€. Desde aquí, podemos suponer que el porcentaje de IRPF que le corresponde al dueño es del 19%, y hacemos el siguiente cálculo:
3.960 x 0,19 = 752,40€
Por lo que deberá pagar un total de 752,40€ en la renta sobre un rendimiento de 6.600€
¿También hay que declarar los alquileres de temporada o vacacionales?
Normalmente, los contratos de alquiler por temporada o vacacionales se realizan de forma verbal pero, aun así, también hay que declararlos. Da lo mismo que el alquiler sea para una semana, quince días o un mes entero. En el caso de no declararse se considera un alquiler sumergido.
Hacienda ha reforzado la vigilancia en los alquileres sumergidos para detectar los fraudes y evitarlos. Por lo que los propietarios de estas viviendas están en el punto de mira de la administración y recibirán avisos de la Agencia Tributaria relacionados con los alquileres sin declarar.
Si el dueño de una vivienda obtiene un rendimiento por el alquiler de la misma en temporada vacacional, Hacienda considera un fraude que estos ingresos no se presenten en la declaración del IRPF y se puede recibir multa por no declarar alquiler vacacional.
¿Cuál es la multa por no declarar alquiler?
En el caso de no declarar el alquiler en la declaración de la renta, Hacienda comenzaría un proceso para que el propietario pagase el dinero que no ha declarado más las multas que correspondan. En este caso, las sanciones se dividen en tres bloques:
- Sanciones leves. Son así cuando la infracción es menor o igual a 3.000€. En este caso la multa corresponde a un 50% de lo que no se ha abonado. Por ejemplo, si el propietario evade 2.000€, la multa es de 1.000€ más la cantidad total defraudada.
- Sanciones graves son cuando la infracción es de más de 3.000€ y, además, existe ocultación. La multa es proporcional del 50% al 100% del dinero no declarado.
- Sanciones muy graves. En este caso, son muy graves cuando Hacienda considera que se ha hecho uso de medios fraudulentos y cuando se dejan de ingresar cantidades retenidas. La legislación lo indica de la siguiente manera: “Cuando se hayan utilizado medios fraudulentos y cuando se hayan dejado de ingresar cantidades retenidas […] siempre que las retenciones practicadas y no ingresadas, y los ingresos a cuenta repercutidos y no ingresados, representen un porcentaje superior al 50% del importe de la base de la sanción”. La cantidad de la sanción corresponde desde el 100% hasta el 150% del total evadido.
¿Cómo puede descubrir Hacienda que el alquiler no se ha declarado?
Para descubrir si el alquiler no se ha declarado, la Agencia Tributaria lleva a cabo distintos métodos, como los siguientes:
- Comprueba los datos del catastro en la declaración, ya que el propietario debe identificar todos los inmuebles que tenga, el coeficiente de cada uno y si están o no alquilados.
- También puede comprobar los suministros de luz y gas.
- Revisar la declaración del inquilino en la solicitud de beneficios fiscales. Para ello, el arrendatario tendrá que identificar el DNI del propietario.
¿Se puede evitar o reducir la multa por no declarar el alquiler?
Sí que se puede evitar la sanción siempre y cuando se lleve a cabo una declaración complementaria del IRPF antes de que termine el plazo de presentar la declaración de la renta. En el caso de que no se lleve a cabo, se añaden recargos a la multa dependiendo del tiempo transcurrido. Los comentamos a continuación:
- Recargo del 5 %. Antes de los tres meses.
- Recargo del 10 %. Entre los tres y seis meses.
- Recargo del 15 %. Entre los seis y doce meses.
- Recargo del 20 %. más intereses de demora. Más de un año.
Además, Hacienda te avisa de la sanción si aceptas la propuesta, puedes reducir la cuantía en un 30%.
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Ahora que ya conoces un poco más sobre las multas por no declarar el alquiler, como puedes ver es importante mantener todo al día y presentar todo lo que las administraciones solicitan. En homming ayudamos tanto a propietarios como a inquilinos a gestionar sus alquileres gracias a nuestro software de gestión de alquiler. Empieza a probar nuestro software de gestión de alquileres de forma gratuita.