Se puede echar a un inquilino por necesitar el piso

Se puede echar a un inquilino por necesitar el piso

Se puede echar a un inquilino por necesitar el piso

Una de las dudas más habituales entre propietarios de viviendas en alquiler es si pueden recuperar su piso antes de que finalice el contrato porque lo necesitan para vivir ellos mismos o un familiar cercano. La respuesta corta es , pero la realidad es que se trata de un proceso muy regulado, con requisitos concretos que conviene conocer bien para evitar problemas legales, reclamaciones o indemnizaciones.

En este artículo te explicamos de forma clara y actualizada cuándo se puede echar a un inquilino por necesidad, qué dice la ley, qué requisitos hay que cumplir, qué derechos tiene el inquilino y cómo gestionar todo el proceso de forma correcta y segura.

Recuperar una vivienda alquilada porque el propietario o un familiar necesita vivir en ella es una posibilidad legal en España. Sin embargo, no es tan sencillo como enviar un mensaje al inquilino diciendo “lo necesito, te tienes que ir”. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula esta situación y exige cumplir ciertos requisitos que varían según cuándo se firmó el contrato de alquiler.

Al firmar un contrato de alquiler, ambas partes asumen una serie de obligaciones y derechos que deben cumplir. Además, en ese acuerdo también se incluyen algunos derechos que vienen marcados por ley y que afectan tanto al arrendador como al arrendatario, y se refieren a la duración de los contratos de alquiler y de los supuestos que existen para echar al inquilino. 

¿Qué significa “necesitar el piso” según la ley?

La legislación española permite al propietario recuperar una vivienda alquilada cuando la necesita como residencia habitual, ya sea para él mismo o para determinados familiares. No se trata de una excusa genérica, sino de una causa concreta y justificada.

La necesidad puede darse, por ejemplo, en casos como:

  • El propietario necesita vivir en esa vivienda por cambio de situación personal o laboral.
  • La vivienda es necesaria para un hijo o hija.
  • La vivienda se destina al cónyuge tras una separación o divorcio.
  • La necesita un familiar en primer grado (padres o hijos).

Es importante tener claro que no cualquier necesidad es válida ni se puede alegar de forma arbitraria.

¿A quién permite la ley recuperar la vivienda?

Este derecho está pensado principalmente para propietarios personas físicas. En general, pueden recuperar la vivienda:

  • El propio arrendador.
  • Su cónyuge (en caso de separación, divorcio o nulidad).
  • Familiares de primer grado de consanguinidad o adopción (padres o hijos).

Las personas jurídicas (empresas, sociedades) tienen muchas más limitaciones y, en la práctica, este supuesto se aplica casi siempre a propietarios particulares.

La importancia de la fecha del contrato de alquiler

Uno de los puntos clave para saber si puedes recuperar tu vivienda por necesidad es cuándo se firmó el contrato de alquiler.

Contratos firmados antes del 6 de marzo de 2019

En estos contratos, el propietario puede recuperar la vivienda por necesidad aunque no exista una cláusula específica en el contrato, siempre que se cumplan los requisitos legales de plazo y notificación.

Contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019

Aquí la ley es mucho más estricta. Para poder echar al inquilino por necesitar el piso, es obligatorio que el contrato incluya expresamente una cláusula que contemple esta posibilidad.

Si esa cláusula no existe, el propietario no podrá recuperar la vivienda por necesidad hasta que finalice la duración legal del contrato.

¿Cuánto tiempo debe haber pasado desde el inicio del contrato?

Aunque exista una causa real de necesidad, la ley establece que:

  • Debe haber transcurrido al menos un año de contrato.
  • Antes de ese primer año, el propietario no puede recuperar la vivienda por esta causa.

Este punto suele generar muchos conflictos, especialmente cuando la necesidad surge poco después de alquilar el piso.

Cómo debe hacerse la notificación al inquilino

La comunicación al inquilino es un paso fundamental y uno de los errores más habituales de los propietarios.

Plazo mínimo de aviso

El propietario debe avisar al inquilino con un mínimo de dos meses de antelación a la fecha en la que necesita la vivienda.

Forma de la notificación

Lo más recomendable es hacerlo por un medio que deje constancia fehaciente, como:

  • Burofax con acuse de recibo.
  • Comunicación formal equivalente que permita demostrar contenido y fecha.

Qué debe incluir la notificación

La notificación debe ser clara y detallada, incluyendo:

  • Identificación del propietario y del inquilino.
  • Referencia al contrato de alquiler.
  • Motivo concreto de la necesidad.
  • Persona que va a ocupar la vivienda.
  • Fecha exacta en la que se requiere la entrega del inmueble.

Una comunicación ambigua o incompleta puede invalidar todo el proceso.

¿El inquilino está obligado a marcharse?

Si se cumplen todos los requisitos legales, el inquilino debe abandonar la vivienda en el plazo indicado. No obstante, el inquilino puede oponerse si considera que:

  • No existe una necesidad real.
  • No se ha respetado el plazo mínimo.
  • El contrato no permite la recuperación por necesidad.
  • La notificación no cumple los requisitos legales.

En ese caso, el conflicto puede acabar en un procedimiento judicial.

¿Qué pasa si el inquilino no quiere dejar la vivienda?

Esta es una pregunta que se suele dar mucho entre los propietarios, ya que hay casos en los que, tras comunicar la necesidad de la vivienda, el inquilino no la abandona. En el caso de que no se cumpla el plazo marcado de 2 meses, el propietario podrá acudir a la vía judicial

El arrendador tendrá que interponer una demanda de desahucio y esperar a la sentencia que dé el juez

Protección de inquilinos en situación de vulnerabilidad

La normativa actual refuerza la protección de los inquilinos en determinadas situaciones, como:

  • Familias con menores a cargo.
  • Personas en situación de vulnerabilidad económica.
  • Casos de especial protección social.

En estos supuestos, el desalojo puede suspenderse o retrasarse, y las administraciones pueden intervenir para buscar soluciones habitacionales alternativas. Esto no elimina el derecho del propietario, pero sí puede alargar el proceso.

Obligación de ocupar la vivienda tras el desalojo

Un aspecto clave que muchos propietarios desconocen es que la necesidad debe ser real y efectiva.

Una vez que el inquilino abandona la vivienda:

  • El propietario (o el familiar indicado) debe ocuparla en un plazo máximo de tres meses.
  • La ocupación debe ser como residencia habitual, no temporal ni ficticia.

Si el propietario no cumple esta obligación, el inquilino puede:

  • Solicitar volver a la vivienda en las mismas condiciones.
  • Reclamar una indemnización económica.

¿Qué indemnización puede reclamar el inquilino?

Si se demuestra que la necesidad no era real o que la vivienda no se ocupó como correspondía, el inquilino puede reclamar una compensación económica.

Habitualmente, esta indemnización equivale a una mensualidad de renta por cada año de contrato que quedara por cumplir, con ciertos límites establecidos por la ley.

Errores frecuentes de los propietarios

Algunos de los errores más comunes en estos casos son:

  • No revisar si el contrato incluye la cláusula de necesidad.
  • Avisar fuera de plazo.
  • No justificar correctamente la causa.
  • No ocupar la vivienda tras recuperarla.
  • Gestionar todo de forma informal o verbal.

Cualquiera de estos fallos puede acabar en un problema legal serio.

¿Qué pasa si el arrendador no ocupa el piso?

La LAU protege al inquilino ante un posible abuso de esta causa. Si el arrendador no ocupa la vivienda dentro de los 3 meses posteriores al desalojo, y no justifica una causa de fuerza mayor, el inquilino puede:

  • Solicitar volver a ocupar la vivienda con las mismas condiciones del contrato anterior, o
  • Exigir una indemnización equivalente a una mensualidad de renta por cada año de contrato que quedara por cumplir, con un máximo de cinco mensualidades.

¿Qué pasa si no tengo contrato de alquiler firmado?

La LAU no exige que el contrato se haga por escrito y puede darse como un acuerdo verbal, aunque para ambas partes es mucho más seguro que todo conste por escrito. Aunque como inquilino no tengas un documento firmado, sí que sigues teniendo los mismos derechos y obligaciones que cualquier inquilino

Pero si surge algún tipo de problema y el dueño quiere echarte de la vivienda, vas a tener más complicado demostrar que te encuentras en una situación totalmente legal. Es importante que tengas pruebas que, llegado el momento, puedan acreditar cuándo entraste a vivir en ese inmueble, por ejemplo, puedes guardar los recibos del pago de la renta. 

Cómo gestionar correctamente estos casos

La mejor forma de evitar conflictos es llevar una gestión ordenada y profesional de los alquileres, especialmente cuando se trata de situaciones sensibles como la recuperación de una vivienda por necesidad.

Tener controlados los contratos, las fechas, las cláusulas y las comunicaciones es clave para actuar con seguridad jurídica.

Principales conclusiones

Recuperar una vivienda alquilada por necesidad del propietario es un derecho reconocido por la ley, pero no puede ejercerse de forma arbitraria. Es fundamental tener en cuenta:

  • La fecha del contrato condiciona la posibilidad de aplicar esta causa.
  • El derecho debe estar reflejado en el contrato si se firmó después del 6 de marzo de 2019.
  • La notificación debe ser formal, anticipada y justificada.
  • El arrendador tiene la obligación de ocupar el piso en el plazo de 3 meses.

Cualquier irregularidad en el proceso puede dar pie a reclamaciones legales por parte del inquilino.

Como has podido leer en este artículo, se puede echar a un inquilino por necesitar el piso, pero debe hacerse cumpliendo la ley y teniendo en cuenta una serie de aspectos. Por parte del inquilino, hemos comentado cuáles son las situaciones por las que el propietario le puede echar del piso y hemos visto que contar con un contrato de alquiler es fundamental para que no haya problemas. 

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puedo recuperar mi piso si no puse nada en el contrato?

Solo si el contrato es anterior al 6 de marzo de 2019. Para contratos posteriores, debe estar estipulado expresamente.

¿Puedo echar al inquilino si necesito el piso para mi hijo?

Sí, siempre que sea familiar de primer grado y se cumplan todos los requisitos legales.

¿Quién puede alegar necesidad del piso?

Únicamente personas físicas. No pueden hacerlo empresas ni sociedades.

¿A quién puedo ceder el piso por necesidad?

A ti mismo como arrendador, a tu cónyuge en caso de separación o divorcio, o a tus familiares en primer grado de consanguinidad (padres o hijos).

¿Qué pasa si no ocupo el piso después de que se vaya el inquilino?

El inquilino puede solicitar volver al piso o pedir una indemnización económica.

¿Puede el inquilino negarse a irse?

Sí, si considera que la causa de necesidad no está bien justificada, puede impugnar la decisión o acudir a los tribunales.

¿Cuál es la mejor forma de comunicar la necesidad del piso?

Lo más recomendable es burofax con acuse de recibo, con al menos dos meses de antelación y explicando claramente el motivo.

homming: gestiona tus alquileres con tranquilidad y seguridad

Gestionar correctamente un alquiler implica mucho más que cobrar la renta. Controlar contratos, cláusulas legales, plazos, notificaciones y documentación es clave para evitar errores costosos.

Con Homming, el software de gestión de alquileres, puedes:

  • Tener todos tus contratos centralizados y actualizados.
  • Controlar plazos legales y vencimientos.
  • Gestionar comunicaciones con inquilinos de forma ordenada.
  • Evitar olvidos y errores que pueden derivar en conflictos legales.

Si eres propietario o gestor y quieres alquilar con tranquilidad, solicita información sobre homming y descubre cómo simplificar la gestión de tus alquileres cumpliendo siempre con la normativa vigente.

Descubre cómo homming puede transformar la forma en que gestionas tus alquileres. ¡Regístrate hoy mismo y pruébalo de forma gratuita! O si lo prefieres puedes agendar aquí una demostración con nuestro equipo de asesores.