Desde el 2021 ha habido muchos cambios en la legislación relacionada con los derechos de los animales. En octubre del año pasado el Gobierno presentó una nueva Ley de Protección animal, que vela por su bienestar y sus derechos. De ahí ha ido surgiendo la duda de si es legal prohibir mascotas en pisos de alquiler, algo a lo que queremos dar respuesta en este artículo.
En el mes de diciembre se aprobó en el Congreso la ley que considera a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad” y desde el 5 de enero de 2022, los animales pasaron a ser parte del núcleo familiar, siendo un miembro más de la familia. Desde ese momento, ha habido mucho debate sobre si, por ser de la familia, las mascotas tienen derecho a vivir en pisos de alquiler sin que haya restricciones por parte de los propietarios.
¿Es legal prohibir mascotas en pisos de alquiler con la nueva ley?
Para la mayoría de las personas con mascotas, éstas ya formaban parte de la familia, ahora ya lo hacen de forma legal. Es más, incluso los perros y los gatos tendrán un DNI animal con el objetivo de evitar que los abandonen.
Todo esto ha generado dudas acerca de si los dueños de las viviendas de alquiler pueden prohibir su entrada en los pisos arrendados. Esta incertidumbre se aplica tanto a pisos alquilados totalmente y a alquileres parciales y subarriendos.
Hay que aclarar que, aunque sí que ha cambiado la legislación acerca de la consideración que tienen los animales, la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es la que regula los alquileres en España, no se ha modificado. Por lo que la LAU se mantiene igual a la que había antes de esta nueva Ley de Protección Animal. Por lo tanto, los animales son parte de la familia y se deja libertad a los propietarios para decidir si los aceptan o no en la vivienda alquilada.
Así que podemos decir que, aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos no prohíbe explícitamente tener mascotas en casa, los propietarios tienen libertad para decidir si las aceptan o no. A pesar de la nueva normativa relacionada con los animales, el dueño de una vivienda en alquiler tiene derecho a prohibir mascotas, siempre y cuando esté incluido en las cláusulas del contrato de alquiler.
Del mismo modo, si no existe en el contrato un apartado específico sobre ello, los inquilinos tienen derecho a tener animales en la vivienda. Teniendo todo esto en cuenta, si en el contrato de alquiler el arrendador no indica de forma clara que prohíbe mascotas en el piso, se podrán tener animales siempre y cuando la convivencia sea respetuosa con el resto de la comunidad, manteniendo también los niveles de salubridad.
En cualquier caso, es importante destacar que ambas partes tendrán que pactar todos los detalles y reflejarlos en el contrato de alquiler.
Mascotas en la comunidad de vecinos
En lo referente a la comunidad de vecinos, la Ley de Propiedad Horizontal indica que, en ningún caso la comunidad de propietarios ni el resto de vecinos pueden prohibir que se puedan tener animales en los pisos alquilados del edificio. Eso es algo que sólo puede decidir el propietario de la vivienda.
Por otro lado, si se dan problemas de convivencia, como por ejemplo que el perro no deje de ladrar o que el dueño no cumpla con unas normas de higiene mínimas, la comunidad sí que puede tomar medidas al respecto.
Llegado el caso, hay que hablar de forma educada y respetuosa con el dueño de la mascota para comentarle cuál es el problema. Si no hace caso, se podrá tomar la decisión de contactar con las autoridades para denunciar el caso. Si éstas tampoco logran que el vecino cambie de actitud, se podrán tomar medidas legales y denunciarlo a la policía.
A modo resumen, aunque los animales de compañía han pasado a ser considerados de forma legal como un miembro más de la familia, en los contratos de alquiler seguirá prevaleciendo lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos. Es decir, los propietarios de las viviendas son los que deciden si admiten mascotas, y no tienen pleno derecho a prohibirlas, si así lo consideran. Aún así, si no se especifica en el contrato, los inquilinos podrán convivir con las mascotas en el inmueble sin restricciones.
La ley no prohíbe la tenencia de mascotas en un piso de alquiler, pero una vez más, los contratos son un documento fundamental y en los que queda establecido si se pueden tener o no.
Además, el hecho de que un posible inquilino tenga mascota es un criterio que el propietario puede tener en cuenta para elegirlo a él. Pero si esa persona adopta una mascota durante la duración del contrato y en este documento no se especifica que no se admiten mascotas, el dueño no podrá prohibirlo.
Tener acceso a los contratos y documentos relacionados con el alquiler y conocer las obligaciones y derechos que quedan indicados en ellos, es fundamental. Con homming, nuestro software de gestión de alquileres, podrás acceder a los contratos de alquiler de las viviendas arrendadas y consultarlos en cualquier momento. Además, generarlos a partir de plantillas y solicitar su firma digital. Empieza a probar nuestro software de gestión de alquileres de forma gratuita.