Cómo reclamar rentas de alquiler impagadas: Guía completa para propietarios

Reclamar rentas impagadas

Cómo reclamar rentas de alquiler impagadas: Guía completa para propietarios

Uno de los mayores dolores de cabeza para un propietario es enfrentarse a rentas de alquiler impagadas. No solo se trata de perder ingresos mes a mes, sino de saber cómo y cuándo puedes reclamar esas cantidades de forma eficaz y legal.

En este artículo explicamos todo lo que necesitas saber como propietario sobre cómo reclamar las rentas impagadas por parte de un inquilino en España: desde cuándo iniciar la reclamación hasta los procedimientos legales más habituales, incluyendo diferentes opciones según cada situación. Vamos paso a paso para resolver todas tus dudas y ayudarte a tomar decisiones con seguridad.

¿Cuándo iniciar la reclamación?

Desde el primer mes impagado. Actuar pronto facilita localizar al deudor, conservar pruebas y maximizar la recuperación. Guarda todo lo que demuestre la deuda (extractos, recibos devueltos, emails).

Vías para reclamar (elige según tu situación)

La legislación española ofrece varias vías para reclamar judicialmente las rentas de alquiler impagadas, y la elección depende fundamentalmente de si el inquilino sigue en la vivienda o si ya se ha marchado (y, en este caso, si conoces su domicilio actual o no). 

Opción A: Reclamación extrajudicial (primera fase)

Antes de ir a los juzgados, siempre es recomendable reclamar de forma amistosa o extrajudicial:

  • Contacta con el inquilino por escrito (preferiblemente por burofax con acuse de recibo).
  • Detalla las cantidades adeudadas y ofrécele un plazo razonable para ponerse al día.
  • Guarda todos los justificantes y comunicaciones.

Este tipo de requerimiento no sustituye a un procedimiento judicial, pero sirve como prueba de que intentaste resolver el conflicto de forma razonable antes de acudir a los tribunales. 

Opción B: Reclamación judicial de las rentas

Aquí es donde entran los procedimientos legales que permiten obligar al inquilino a pagar lo que te debe. En general existen dos mecanismos principales:

1. Proceso monitorio

Se utiliza cuando el inquilino ya ha abandonado la vivienda y conoces su nuevo domicilio. En este caso puedes reclamar las cantidades debidas sin necesidad de litigar en un juicio ordinario.

  • Presentas una solicitud de proceso monitorio en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
  • Si el inquilino no se opone, el juez dictará un decreto de reconocimiento de deuda, que es ejecutable inmediatamente.
  • Con este decreto puedes solicitar embargos de bienes o cuentas bancarias para recuperar tu dinero.

Este proceso suele ser más rápido y menos costoso que un procedimiento normal porque no requiere abogado o procurador para deudas inferiores a determinados límites. monitorio.es+1

2. Juicio verbal

Este procedimiento es más habitual cuando no conoces el domicilio actual del ex inquilino o cuando necesitas una reclamación más formal:

  • Se presenta una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia.
  • Es obligatorio contar con abogado y procurador.
  • En la demanda se indica que tu vivienda era el último domicilio conocido del inquilino y se pide al juzgado que realice una averiguación domiciliaria para poder notificarle.
  • El inquilino dispone de un plazo para oponerse, y si lo hace, se celebra un juicio donde ambas partes presentan pruebas y argumentos.

Opción C: Demanda conjunta de desahucio y reclamación de rentas

Si el inquilino sigue ocupando la vivienda sin pagar, esta es la opción más habitual:

  • Presentas una demanda de desahucio por impago de alquiler, junto con la reclamación de cantidades adeudadas.
  • Este procedimiento combina el lanzamiento (desalojo) del inquilino con la reclamación de las rentas impagadas (y, si procede, también suministros o costes asociados).
  • Se tramita como un juicio verbal y requiere abogado y procurador.

¿Qué documentación necesitas para reclamar?

Para tener éxito en tu reclamación y evitar demoras en el proceso, asegúrate de recopilar:

  • El contrato de alquiler firmado.
  • Comprobantes de pago previos (transferencias, recibos, extractos bancarios).
  • Burofaxes o comunicaciones previas donde requieres el pago.
  • Documentación de cualquier otros cargos adeudados (como suministros no pagados si el contrato lo estipula). 

Plazos para reclamar rentas impagadas

Es crucial tener en cuenta que existe un plazo de prescripción para reclamar alquileres. En general:

  • En la mayoría de España, puedes reclamar rentas impagadas hasta cinco años después de que se produjera el impago.
  • En algunas comunidades (como Cataluña) este plazo puede ser más corto, como tres años.
  • Si no inicias ninguna acción formal durante ese periodo, puedes perder el derecho a reclamar. 

Consejos prácticos para propietarios

Aquí tienes recomendaciones que pueden marcar la diferencia:

  • Actúa rápido. Cuanto antes reclames, más fácil será localizar al inquilino y asegurar la recuperación de las rentas.
  • Lleva un registro de todo. Guardar emails, WhatsApps, burofaxes y pruebas de pago puede fortalecer tu caso.
  • Incluye cláusulas protectoras en el contrato. Cláusulas que indiquen penalizaciones por impago, plazos, intereses o requisitos de seguro de impago pueden ayudarte a prevenir problemas.
  • Asesórate legalmente. Aunque el monitorio no requiera abogado, en casos complejos es recomendable contar con asesoría profesional.
  • Usa herramientas de gestión de rentas. Software especializado como homming puede ayudarte a llevar un control automatizado de pagos, alertas de impago e históricos, lo que facilita la prueba documental en caso de reclamación.

Preguntas frecuentes sobre reclamar rentas impagadas

¿Puedo reclamar aunque el inquilino ya no viva en mi vivienda?

Sí. Si conoces su domicilio actual puedes iniciar un proceso monitorio; si no lo conoces, puedes usar el juicio verbal y pedir al juez que averigüe su paradero.

¿Necesito siempre abogado y procurador?

Depende del procedimiento. En el monitorio normalmente no se requiere para cantidades inferiores a ciertos límites. En los procedimientos de juicio verbal o desahucio, sí es obligatorio. 

¿Puedo usar la fianza del contrato para cubrir los impagos?

Sí, puedes retener la fianza para cubrir las rentas pendientes antes de reclamar judicialmente, siempre que así lo permita el contrato y lo justifiques correctamente. 

¿Qué pasa si no puedo localizar al inquilino?

Puedes iniciar el juicio verbal alegando que la vivienda era su último domicilio conocido y pedir al Juzgado que tramite una averiguación para notificar la demanda. 

La prevención es el mejor aliado

Reclamar rentas de alquiler impagadas puede parecer un proceso intimidante, pero no estás solo y tienes a tu disposición herramientas legales claras y definidas para respaldar tus derechos como propietario.

Desde intentar salidas amistosas hasta acudir a procedimientos judiciales como el monitorio, el juicio verbal o combinar desahucio con reclamación de rentas, la clave está en actuar con rapidez, respaldar tus reclamaciones con documentación sólida y asesorarte correctamente cuando sea necesario.

Ten siempre presente que la prevención —mediante contratos bien redactados y un buen sistema de gestión como homming— suele ser tu mejor aliada para evitar estos problemas desde el principio.

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