En marzo del 2020, en plena crisis sanitaria por el coronavirus y el país en estado de alarma, el Gobierno adoptó una serie de medidas urgentes con el Real Decreto-ley 11/2020 para ayudar a mitigar las consecuencias económicas que se avecinaban, como la prohibición de los desahucios de personas vulnerables durante el tiempo que durase el estado de alarma.
Al mismo tiempo, en este Real Decreto-ley se predijeron planes de suspensión de pagos en algunos contratos de arrendamientos, y también se estableció una modalidad de prórroga extraordinaria para todos aquellos contratos de alquiler de vivienda habitual.
En enero de 2021 se ha llevado a cabo una modificación del Decreto-ley, cambiando así la Ley Antidesahucios, algo que ha provocado polémica en el mercado inmobiliario, ya que, al parecer, el texto actual incluye condiciones que favorecen la ocupación de los inmuebles.
Fuentes del Gobierno aclaran que esa modificación en la norma únicamente hace referencia a los hogares en los que se pueda demostrar que son vulnerables a nivel económico y en los que se den situaciones de dependencia, con menores a cargo o si en el inmueble vive una víctima de violencia de género. Desde el ejecutivo también recuerdan que estas medidas antidesahucios están vigentes hasta que termine el estado de alarma, algo previsto para el 9 de mayo.
¿Cuáles son los efectos de la nueva Ley Antidesahucios?
El sector inmobiliario considera que esta modificación del Decreto-ley es perjudicial para el mercado y que, como ya hemos comentado, favorece la ocupación de las viviendas, pero ¿qué otros efectos puede provocar en el sector? Te los contamos a continuación.
Bajada de la inversión en vivienda
Un informe reciente de la agencia de calificación Moody´s, indicaba que esta nueva Ley Antidesahucios traerá consigo un deterioro de la calidad de la vivienda como activo de inversión. Se trata de algo que tiene sentido si pensamos que quien realice una inversión con la compra de una vivienda puede ver cómo dejar de poder utilizarla por una ocupación ilegal, sin ninguna posibilidad de comenzar el desahucio.
Desde siempre, la inversión inmobiliaria se ha caracterizado por ser un negocio caro, en el que hay que invertir una cantidad de dinero elevada, pero al mismo tiempo es una inversión segura. Con esta modificación de la ley, los expertos consideran que la vivienda pierde seguridad y, por lo tanto, pierde también su atractivo como posible inversión.
Al haber menos inversión, hay menos oferta de vivienda
Esa falta de inversión que acabamos de comentar, trae consigo que la oferta de vivienda disminuya, ya sea para alquilar o para comprar. Se espera que se reduzca la inversión privada en el mercado inmobiliario, pero también es importante aclarar que las medidas adoptadas por el Gobierno únicamente están vigentes hasta que finalice el estado de alarma.
Aun así, en el ambiente no se tienen buenas sensaciones sobre si va a haber una respuesta rápida por parte del ejecutivo que haga que esta situación en el sector se revierta. Hay muchas probabilidades de que estas medidas continúen en el tiempo o se reemplacen por otras.
El mercado inmobiliario tendrá mayor inseguridad jurídica
Debido al cambio en la Ley Antidesahucios, el sector inmobiliario considera que hay mayor inseguridad jurídica. Hay expertos que aseguran que esa protección que genera la modificación del Decreto-ley puede llegar a ser una llamada a la ocupación ilegal, viéndose afectadas sobre todo las viviendas que actualmente están vacías.
Efectos negativos para las viviendas de bancos
Según el informe de Moody´s que ya hemos mencionado, los cambios legales provocados por la modificación de la ley, afectarán de forma negativa a las propiedades de las entidades financieras. Esas viviendas anteriormente pertenecían a promotores inmobiliarios y, normalmente, suelen tener un alto nivel de ocupación ilegal. Antes de la crisis sanitaria, esa ocupación era de entre el 5% y el 10%, sin duda la pandemia ha hecho que estos niveles aumenten considerablemente.
Consejos a los propietarios para que no ocupen sus viviendas
Si eres un propietario que cuenta con varias viviendas y quieres estar prevenido para que no ocupen tu vivienda, puedes tomar nota de estos sencillos consejos que te damos a continuación para evitar que ocurra.
– Debe parecer que la vivienda está habitada, ya que normalmente las personas que quieren ocupar, vigilan los edificios para detectar cualquier cosa que les indique que la vivienda está vacía y no hay nadie. Tener alguna luz encendida de vez en cuando o recoger las cartas del buzón, son aspectos a tener en cuenta.
– Invertir en la seguridad de puertas y ventanas puede ayudar a evitar disgustos. Tanto la puerta de la casa como la del portal deben ser resistentes, ya que son los accesos principales, junto con las ventanas.
– Instalar cámaras y alarmas son fundamentales para pillar a los okupas en el momento en el que intentan acceder a la vivienda. Es una manera de contar con pruebas que permitan a la policía actuar sin necesitar una orden judicial.
– Estar en contacto con los vecinos y mantenerles informados sobre la situación hace que ellos estén alerta y puedan actuar si ven o escuchan algo extraño.
– Evitar colgar carteles de “Se alquila” o “Se vende” ya que puede ser un reclamo para las personas que buscan ocupar una vivienda.
Estos simples consejos pueden ahorrar muchos disgustos a los propietarios de inmuebles vacíos, siguiéndolos puede ayudar a evitar que ocupen su vivienda.
¿Qué hacer si ocupan mi vivienda?
Pero, ¿qué ocurre si, a pesar de seguir todos estos consejos, ocupan nuestra vivienda en alquiler? ¿Qué es lo que tenemos que hacer? Lo primero de todo es llamar a la policía y poner una denuncia para que desalojen la vivienda. Se trataría de un caso de allanamiento de morada, por lo que la policía podría actuar sin un requerimiento judicial. Pero es importante que se haga en las primeras 24-48 horas desde que se llevó a cabo la ocupación para que el desalojo sea efectivo.
En el caso de que la ocupación se realice en tu casa vacía o segunda residencia los tiempos también son clave, aunque normalmente no se puede determinar cuándo entraron a ocupar la casa. Una vez han pasado 48 horas desde que accedieron a ocupar el inmueble, se puede interponer la demanda judicial e ir a juicio para poder recuperar la vivienda.
Según determina el artículo 18.2 de la Constitución española, cualquier domicilio es inviolable, ni siquiera la policía puede acceder a él sin una orden judicial. Esto también cuenta para las personas que ocupan ilegalmente un domicilio y se establecen en él, por lo que lo fundamental es que los okupas no hagan del piso su morada definitiva.
Es por esto que, aunque la policía cuente con una denuncia, no pueden echar a los okupas a la fuerza, si no que tiene que ser un juez el que ordene esa actuación para que el dueño pueda recuperar la vivienda.
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