¿Estás pensando en alquilar un piso y entre tantas dudas que surgen, piensas también la fianza que tienes que dar? No te preocupes, ¡no estás solo! Con la nueva Ley 12/2023 del 24 de mayo por el Derecho a la Vivienda, muchas cosas han cambiado, y entre ellas, la regulación sobre las fianzas de alquiler. Por ello, en esta entrada te contamos todo de forma sencilla y sin rodeos todo lo que debes saber para que no te quedes con la duda.
¿Cómo funciona la fianza del alquiler?
La fianza del alquiler es un requisito indispensable en cualquier contrato de arrendamiento en España. Básicamente, se trata de una cantidad de dinero que el inquilino entrega al propietario al inicio del contrato como garantía. Este depósito busca cubrir posibles desperfectos en la vivienda o impagos de la renta durante el tiempo que dure el arrendamiento.
Desde el momento en que entregas la fianza, el propietario tiene la obligación de custodiarla correctamente. Según la normativa vigente, debe depositarla en un organismo público habilitado para ello, que suele estar gestionado por la comunidad autónoma correspondiente.
Este paso es clave porque no solo protege tu dinero, sino que también asegura que el propietario cumpla con la ley. Si alguna vez has oído hablar de alguien que no recuperó su fianza al dejar un piso, seguramente fue porque no se siguieron correctamente estas pautas.
Al finalizar el contrato, el propietario debe devolverte el importe íntegro de la fianza, siempre que hayas cumplido con dos condiciones fundamentales: que estés al día con los pagos y que la vivienda se encuentre en las mismas condiciones en las que te la entregaron, salvo el desgaste normal por el uso.
Es importante mencionar que, si el propietario detecta algún desperfecto o falta de pagos, puede retener parte o la totalidad de la fianza para cubrir esos gastos. Sin embargo, no tiene carta blanca: debe justificar con facturas o pruebas claras las razones de la retención. En caso de desacuerdo, siempre puedes recurrir a instancias legales para reclamar tu dinero.
¿Qué dice la nueva ley de vivienda sobre la fianza del alquiler?
La nueva ley de vivienda, que entró en vigor en 2023, llegó con algunos cambios que han dado bastante de qué hablar, sobre todo en lo que respecta a las fianzas de alquiler. Si alguna vez has sentido que te estaban pidiendo demasiado dinero para entrar a vivir en un piso, esta ley viene a poner un poco de orden.
Para empezar, se mantiene la norma básica: el propietario puede exigir un mes de renta como fianza obligatoria. Este dinero sigue funcionando como garantía para cubrir posibles daños o impagos, pero ahora hay límites mucho más claros en cuanto a las garantías adicionales que puede solicitar el casero. Aquí está la novedad: además de la fianza obligatoria, solo se pueden pedir un máximo de dos mensualidades más como garantía extra. Esto significa que, como mucho, tendrás que adelantar tres meses de renta (uno de fianza y dos de garantías adicionales) antes de recoger las llaves.
La ley busca proteger a los inquilinos de prácticas abusivas, porque, seamos sinceros, antes había propietarios que pedían hasta seis meses de depósito. Y claro, ¿quién tiene tanto dinero? Esta medida limita esos excesos y hace que el acceso al alquiler sea más justo, sobre todo para jóvenes y familias con presupuestos más ajustados.
Otra cosa importante que establece la ley es que la fianza no puede ser en especie. Es decir, olvídate de acuerdos raros como «te doy un televisor y una bicicleta como fianza». Tiene que ser en dinero, y el propietario está obligado a depositarla en un organismo público autorizado, como los registros de fianzas que gestiona cada comunidad autónoma. Si esto no se hace, el propietario podría enfrentarse a sanciones, y tú tendrías más herramientas legales para reclamar en caso de conflicto.
Además, con esta ley se refuerza la idea de que las comunidades autónomas tienen la última palabra en cómo se regula y gestiona la fianza. Esto significa que, aunque la norma general es válida en toda España, puede haber pequeños matices según la región en la que te encuentres.
En definitiva, la nueva ley de vivienda busca equilibrar la balanza entre propietarios e inquilinos. ¿Qué significa esto para el inquilino? Básicamente, que ahora hay límites claros y reglas más estrictas que lo protegen contra peticiones excesivas. Si un propietario intenta pedirle más de lo que la ley permite, puede plantarse con toda la tranquilidad del mundo y recordarle que lo que está haciendo no es legal. Al final, se trata de hacer el proceso de alquilar más accesible y justo para todos.
¿Puede el propietario pedir más de un mes de fianza en el alquiler?
Aquí viene la parte interesante. El propietario no puede pedir más de un mes como fianza obligatoria, pero sí tiene derecho a solicitar garantías adicionales. Eso sí, estas garantías no pueden superar dos mensualidades más.
Esto quiere decir que, legalmente, si un propietario pide, por ejemplo, seis meses de renta como garantía, se le puede decir que eso no es legal. Por lo que el máximo permitido por ley son tres mensualidades: una como fianza y dos como garantía adicional.
Saber esto es clave porque:
- Se evitan abusos: Algunos propietarios desconocen la normativa o, peor, intentan aprovecharse de la situación.
- Se facilita el presupuesto: Al saber cuánto puedes llegar a pagar, puedes planificar mejor tus gastos y buscar pisos que se ajusten a tu bolsillo.
- Se tienen los derechos claros: Si un propietario intenta cobrarte más de lo permitido, puedes reclamar y, en casos extremos, denunciar la situación.
La fianza no es un «regalo» para el propietario, sino una herramienta para garantizar que ambas partes cumplan el contrato. Si la ley dice que con tres mensualidades es suficiente, no hay discusión.
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